Bono Alquiler Joven Baleares 2026-2027: 250 € al mes y solicitud hasta el 30 de septiembre

Pareja joven con las llaves de una vivienda de alquiler

Actualizado: 1 de septiembre de 2026. Información contrastada con la Dirección General de Vivienda y Arquitectura del Govern de les Illes Balears y la sede electrónica autonómica.

Vivienda · Ayudas · Baleares

El plazo ya está abierto. Desde este 1 de septiembre, los jóvenes de hasta 35 años que viven de alquiler en Baleares pueden pedir el Bono Alquiler Joven 2026-2027, una ayuda de hasta 250 euros al mes durante un máximo de 24 mensualidades. La solicitud termina el 30 de septiembre de 2026.

Respuesta rápida

La ayuda puede alcanzar 6.000 € en dos años. El alquiler no puede superar 900 €/mes por vivienda o 450 €/mes por habitación. Los ingresos de la unidad de convivencia no pueden superar, con carácter general, 3 veces el IPREM (25.200 € anuales).

Joven consultando online una ayuda al alquiler desde su vivienda

La solicitud se presenta preferentemente por vía telemática en la sede del Govern balear.

Bono Alquiler Joven Baleares 2026-2027: datos clave

DatoConvocatoria 2026-2027
Ayuda mensualHasta 250 € por persona
Máximo totalHasta 6.000 € en 24 mensualidades
Plazo1 al 30 de septiembre de 2026
EdadHasta 35 años incluidos
Vivienda completaAlquiler máximo de 900 €/mes
HabitaciónAlquiler máximo de 450 €/mes
IngresosHasta 3 veces el IPREM: 25.200 €/año
Presupuesto4,8 millones de euros
No es una ayuda automática por tener menos de 35 años. También deben cumplirse los límites de alquiler e ingresos, la residencia habitual, la titularidad del contrato y el resto de condiciones de la convocatoria.

Quién puede pedir el Bono Alquiler Joven en Baleares

La convocatoria exige reunir varias condiciones al mismo tiempo. Estos son los requisitos principales publicados por el Govern:

  • Tener hasta 35 años incluidos en el momento de solicitar la ayuda.
  • Tener nacionalidad española o residencia regular en España.
  • Ser titular de un contrato de alquiler o cesión de uso de una vivienda o habitación situada en Illes Balears.
  • Usar esa vivienda o habitación como residencia habitual y permanente.
  • Que el alquiler mensual no supere 900 € por vivienda o 450 € por habitación.
  • Tener ingresos dentro de los límites de la convocatoria.
  • Disponer de una fuente regular de ingresos.
  • Estar al corriente del pago del alquiler en el momento de presentar la solicitud.
  • No ser titular de otra vivienda en propiedad, salvo las excepciones que puedan resultar aplicables según las bases.
También hay exclusiones por relación con el arrendador. La información oficial indica que pueden quedar fuera quienes tengan determinados vínculos de parentesco de primer o segundo grado con el propietario, o sean socios o partícipes del arrendador.
Entrega de llaves de una vivienda de alquiler
La ayuda está vinculada a una vivienda o habitación que sea residencia habitual de la persona solicitante.

Cuánto se cobra: hasta 6.000 euros

La cuantía máxima es de 250 euros al mes por joven beneficiario. El periodo subvencionable abarca hasta 24 mensualidades entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027.

250 €
máximo al mes
24
mensualidades
6.000 €
máximo total

Límite del alquiler: 900 euros por vivienda y 450 por habitación

El precio que figure en el contrato es decisivo. Si supera el límite fijado, la solicitud no encaja en esta convocatoria aunque la persona cumpla el resto de requisitos.

Tipo de alquilerRenta mensual máxima
Vivienda completa900 €
Habitación450 €

Qué ingresos se permiten

Los ingresos de la unidad de convivencia no pueden superar, con carácter general, 3 veces el IPREM, 25.200 euros anuales. En el alquiler de vivienda completa, el Govern indica que este requisito afecta a los convivientes en los términos de la convocatoria.

Fuente regular de ingresos. Debe poder acreditarse una antigüedad mínima de tres meses dentro de los seis meses anteriores a la solicitud, o una duración prevista de al menos seis meses desde el día en que se presenta.

Documentación que conviene preparar antes de solicitarla

  • Contrato de alquiler o cesión de uso.
  • DNI/NIE y documentación de identificación.
  • Certificado de empadronamiento de la vivienda objeto de alquiler.
  • Vida laboral actualizada.
  • Contrato de trabajo de los seis meses anteriores, cuando corresponda.
  • Si trabajas por cuenta propia, documentación de alta de la actividad.
  • Si cobras una prestación periódica, resolución que acredite duración e importe.
  • Certificado de titularidad bancaria.
  • Justificantes de pago del alquiler exigidos por la convocatoria.
  • Anexos y autorizaciones que correspondan según la situación de los convivientes y titulares del contrato.
Jóvenes firmando documentación de una vivienda de alquiler
Conviene preparar contrato, justificantes, datos bancarios y documentación de ingresos antes de iniciar el trámite.
Formato telemático: la información oficial indica que los documentos deben aportarse en PDF, de forma individualizada y con un tamaño máximo de 10 MB por archivo.

Cómo solicitar el Bono Alquiler Joven 2026-2027 paso a paso

  1. Accede a la ficha oficial del Bono Alquiler Joven 2026-2027.
  2. Comprueba primero edad, precio del alquiler, ingresos, contrato y empadronamiento.
  3. Prepara todos los documentos y anexos en PDF.
  4. Identifícate mediante uno de los sistemas admitidos por la sede electrónica.
  5. Completa la solicitud individual. Si varios jóvenes figuran como titulares del mismo contrato, cada uno presenta su propia solicitud.
  6. Adjunta los justificantes de pago que correspondan.
  7. Presenta la solicitud antes del 30 de septiembre de 2026.
  8. Guarda el justificante de registro y el número de expediente.

Los justificantes de alquiler no se entregan todos de una vez

Uno de los puntos más fáciles de olvidar es la justificación posterior. El Govern fija varios periodos para aportar los recibos del alquiler y avisa de que las mensualidades no justificadas dentro de plazo pueden perder el derecho a subvención.

Cuándo se presentanMensualidades que justificas
Con la solicitudEnero a agosto de 2026
4 enero a 1 febrero de 2027Septiembre a diciembre de 2026
15 junio a 15 julio de 2027Enero a junio de 2027
3 enero a 3 febrero de 2028Julio a diciembre de 2027

¿Es compatible con otras ayudas al alquiler?

Como regla general, no. El Bono Alquiler Joven es incompatible con otras ayudas públicas al alquiler. La convocatoria recoge excepciones para determinados supuestos, como personas especialmente vulnerables, perceptores de prestaciones no contributivas de la Seguridad Social o del Ingreso Mínimo Vital.

Si entra una excepción: la suma de las ayudas no puede superar el importe total de la renta mensual del alquiler.

Errores que pueden dejar una solicitud fuera

  • Superar los 900 € mensuales de vivienda o los 450 € de habitación.
  • Presentar un contrato de subarriendo, que la convocatoria no admite.
  • No figurar como titular del contrato.
  • No poder acreditar que la vivienda es la residencia habitual.
  • Superar el límite de ingresos.
  • No estar al corriente del alquiler.
  • Olvidar justificantes o presentarlos fuera de los periodos fijados.
  • Pensar que una única solicitud sirve para todos los jóvenes titulares del contrato.

Cómo encaja con las otras ayudas de vivienda de 2026

Esta convocatoria es específica de Baleares. Para comparar con otras líneas de vivienda, puedes consultar la guía de ayudas al alquiler en España en 2026, el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 y la guía de ayudas para jóvenes en España 2026.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si tengo exactamente 35 años?

Sí. La convocatoria admite personas de hasta 35 años incluidos en el momento de presentar la solicitud.

¿Cuánto puedo cobrar como máximo?

Hasta 250 euros al mes durante 24 mensualidades. Si se cumplen los requisitos durante todo el periodo, el máximo teórico es de 6.000 euros.

¿Sirve para alquilar una habitación?

Sí. La convocatoria incluye habitaciones, con una renta máxima de 450 euros mensuales.

¿Puedo solicitarla si pago 950 euros de alquiler?

No si esos 950 euros corresponden a la renta mensual de la vivienda objeto de la ayuda. El límite publicado es de 900 euros.

¿Cuándo termina el plazo?

El plazo termina el 30 de septiembre de 2026.

Fuentes oficiales


Equipo Editorial MadreMom. Revisamos plazos, cuantías y requisitos con fuentes oficiales. Antes de presentar la solicitud, comprueba siempre la ficha vigente del Govern por si se publica una corrección o instrucción adicional.

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