Deducción Maternidad 2025: Guía Definitiva para cobrar los 100€ estando en el paro

Madre con su bebe en el sofa de su casa

¿Estás desempleada y tienes un hijo menor de 3 años? Descubre cómo solicitar la ayuda de 100 euros en 2025. Guía paso a paso sobre requisitos, el Modelo 140 y los cambios en la Ley de Familias para madres en paro.


La maternidad conlleva una serie de gastos ineludibles, y cualquier ayuda económica es un respiro fundamental para las familias. Durante años, la famosa «ayuda de los 100 euros» o deducción por maternidad estaba vinculada exclusivamente a las madres trabajadoras en activo. Sin embargo, el panorama ha cambiado drásticamente para este 2025.

Si te encuentras en situación de desempleo, cobrando el paro o un subsidio, es muy probable que ahora tengas derecho a esta ayuda. Los cambios legislativos recientes han universalizado parcialmente esta prestación, permitiendo que miles de madres que antes quedaban excluidas puedan acceder a los 1.200 euros anuales.

En este artículo desgranamos la letra pequeña de la normativa para 2025, explicándote cómo solicitar el abono anticipado, qué casillas marcar y cómo asegurarte de que el dinero llegue a tu cuenta mes a mes, incluso si no estás trabajando actualmente.

¿Qué es exactamente la Deducción por Maternidad en 2025?

La deducción por maternidad es un beneficio fiscal regulado en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Originalmente, estaba pensada como un incentivo para la incorporación de la mujer al mercado laboral. No obstante, con la entrada en vigor de las nuevas medidas de apoyo a la conciliación y la Ley de Familias, su naturaleza ha virado hacia una prestación de apoyo a la crianza.

Esta ayuda consiste en una deducción de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años nacido o adoptado en territorio español. Lo interesante de esta deducción es su flexibilidad en el cobro:

  1. Vía fiscal: Puedes esperar a hacer la Declaración de la Renta y deducirte el total (o recibir la devolución si te sale a devolver).
  2. Abono anticipado: Puedes solicitar que Hacienda te ingrese 100 euros al mes directamente en tu cuenta bancaria.

Para 2025, la gran noticia sigue siendo la consolidación de la ampliación de derechos para las madres desempleadas, un cambio que rompe con la restricción histórica de «solo para trabajadoras».

La gran novedad: Cobrar la ayuda estando en el paro

Hasta hace poco, si perdías tu empleo, perdías automáticamente el derecho a seguir cobrando los 100 euros mensuales, ya que se exigía estar dada de alta en la Seguridad Social realizando una actividad por cuenta propia o ajena.

En 2025, la normativa permite acceder a la deducción en los siguientes escenarios de desempleo:

  • Cobrando prestación contributiva: Si estás cobrando «el paro» (la prestación contributiva por desempleo), tienes derecho a la ayuda.
  • Cobrando subsidio por desempleo: Si has agotado el paro y pasas a cobrar un subsidio asistencial, también mantienes el derecho.
  • Fijos discontinuos: Las trabajadoras con contratos fijos discontinuos que se encuentren en periodo de inactividad también están cubiertas.
  • ERTE: Las madres afectadas por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo con suspensión total de contrato continúan recibiendo la ayuda.

Atención: Es vital distinguir entre «estar en el paro cobrando prestación» y «estar desempleada sin ingresos». Si estás inscrita como demandante de empleo pero no recibes ninguna prestación (ni contributiva ni asistencial) y no cotizas a la Seguridad Social o Mutualidad, lamentablemente no cumples el requisito de cotización necesario para esta deducción específica, a menos que ambos progenitores sean del mismo sexo (en cuyo caso se aplican reglas específicas) o existan situaciones de discapacidad.

Requisitos imprescindibles para solicitar los 100 euros en 2025

Para asegurarte de que tu solicitud sea aprobada por la Agencia Tributaria (AEAT), debes cumplir estrictamente con este perfil:

1. Hijos menores de 3 años

Debes tener hijos menores de tres años con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes. La ayuda se cobra hasta el mes anterior a aquel en el que el niño cumple los tres años. Por ejemplo, si tu hijo cumple 3 años en agosto, cobrarás la ayuda hasta julio incluido.

2. Situación laboral o de desempleo activo

Debes cumplir uno de los siguientes puntos:

  • Estar trabajando por cuenta propia o ajena y dada de alta en la Seguridad Social o Mutualidad.
  • Estar recibiendo una prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo.

3. El requisito de los 30 días

La norma establece que se genera el derecho a la deducción si, en el momento del nacimiento del menor, la madre estaba percibiendo prestaciones por desempleo o si, con posterioridad al nacimiento, trabaja al menos 30 días cotizados.

4. Residencia fiscal

Debes tener tu residencia fiscal en España. Ten en cuenta que en el País Vasco y Navarra (regímenes forales) existen deducciones propias que, aunque similares, tienen sus propios trámites y normativas locales.

Cuánto dinero vas a recibir realmente

La cuantía es fija: 100 euros mensuales por cada hijo que cumpla los requisitos.

  • Si tienes 1 hijo: 100€/mes (1.200€/año).
  • Si tienes 2 hijos: 200€/mes (2.400€/año).
  • Si tienes gemelos/mellizos: Se multiplica por el número de hijos.

Además, existe una deducción adicional de hasta 1.000 euros anuales por gastos de guardería o centros de educación infantil autorizados, pero ojo: esta deducción adicional no se cobra anticipadamente. Se debe regularizar obligatoriamente en la Declaración de la Renta del año siguiente. Por tanto, mes a mes solo recibirás los 100 euros base.

El Modelo 140: La llave para el cobro anticipado

Si decides que quieres el dinero mes a mes en lugar de esperar a la Renta, debes presentar el Modelo 140. Este es el formulario oficial de la Agencia Tributaria para solicitar el abono anticipado.

Cómo presentar el Modelo 140 paso a paso

Mujer solicitando la ayuda

Hoy en día, la administración facilita mucho este trámite. No hace falta que vayas a una oficina si tienes medios digitales.

1. Por Internet (La opción recomendada) Es la vía más rápida. Necesitas DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve PIN.

  • Entra en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
  • Busca el apartado «Impuestos, tasas y prestaciones».
  • Selecciona «Deducción por maternidad».
  • Haz clic en «Modelo 140. Solicitud del abono anticipado».
  • Rellena los datos de la madre y del menor.
  • Indica tu cuenta bancaria (IBAN) donde quieres recibir el ingreso.

2. Por Teléfono Puedes llamar al Centro de Atención Telefónica de la Agencia Tributaria. Ten a mano tu NIF, el número de afiliación a la Seguridad Social, el importe de la base liquidable de tu última renta (casilla 505) y los datos del registro civil del menor.

3. Presencialmente Debes descargar el formulario en PDF de la web de Hacienda, imprimirlo, rellenarlo y entregarlo en cualquier Delegación o Administración de la Agencia Tributaria. Recuerda que para esto es obligatorio pedir Cita Previa.

¿Qué ocurre si dejo de cobrar el paro?

Este es uno de los puntos más delicados y que más dudas genera en los foros de maternidad y empleo.

Si se te agota la prestación por desempleo y pasas a una situación de desempleo sin subsidio (es decir, dejas de cotizar y de recibir dinero del SEPE), debes comunicar esta variación a Hacienda. Tienes un plazo de 15 días naturales desde que se produce el cambio.

Para comunicarlo, debes usar el mismo Modelo 140, marcando la casilla de «Variación de datos» o «Pérdida del derecho». Si no lo haces y sigues cobrando los 100 euros indebidamente, la Agencia Tributaria te reclamará ese dinero más adelante, posiblemente con intereses de demora, cuando hagas la Declaración de la Renta.

Sin embargo, si tras un periodo sin ingresos encuentras un nuevo trabajo (aunque sea temporal) o vuelves a cobrar un subsidio, puedes volver a darte de alta presentando de nuevo el Modelo 140.

Compatibilidad con otras ayudas: Ingreso Mínimo Vital y Complemento a la Infancia

Una de las grandes ventajas del sistema actual es la compatibilidad. La deducción por maternidad es totalmente compatible con el Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI) ligado al Ingreso Mínimo Vital (IMV).

Mucha gente confunde ambas ayudas.

  • Deducción Maternidad (Modelo 140): 100€/mes. Requiere cotización o prestación por desempleo.
  • Complemento a la Infancia (IMV): Cantidad variable según la edad del niño (115€ para menores de 3 años en 2025). Requiere cumplir umbrales de renta bajos, pero no exige cotización activa en todos los casos.

Puedes cobrar ambas si cumples los requisitos de las dos. Sumando ambas ayudas, una familia vulnerable con un menor de 3 años podría estar ingresando más de 200 euros mensuales en concepto de apoyo a la crianza.

Errores frecuentes que pueden bloquear tu pago

A veces, la ayuda se deniega o se paraliza por errores administrativos sencillos de evitar. Revisa esta lista antes de enviar tu solicitud:

  1. Datos del Registro Civil incorrectos: Asegúrate de que la fecha de nacimiento y el nombre del menor coinciden exactamente con el Libro de Familia.
  2. Cuenta bancaria: La solicitante debe ser titular de la cuenta bancaria. No pongas la cuenta de tu pareja o de un abuelo si tú no figuras como titular, ya que Hacienda cruzará los datos y rechazará el pago.
  3. No comunicar cambios: Si te mudas al País Vasco o Navarra, debes comunicarlo, ya que cambias de régimen fiscal.
  4. Cotización insuficiente: Aunque se permite estar en paro, el sistema verifica que estés dada de alta en el SEPE correctamente. Si hay un desfase en los datos del SEPE, Hacienda puede paralizar el pago hasta que se aclare.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿El padre puede solicitar esta ayuda? Por norma general, es una ayuda para la madre. Sin embargo, el padre (o el otro progenitor) puede solicitarla en casos muy específicos: fallecimiento de la madre o si tiene la guarda y custodia exclusiva (monoparentalidad masculina sin madre biológica presente). En caso de parejas del mismo sexo, ambas pueden tener derecho, pero solo una puede solicitar el abono anticipado por el mismo hijo.

¿Tengo que declarar estos 100 euros en la Renta? No tributan como ingreso (no pagan IRPF), pero sí debes reflejar en tu declaración que los has cobrado. Verás que en el borrador aparecen como «Abono anticipado de la deducción por maternidad». Al poner los datos, el resultado fiscal será neutro: te correspondían 1.200€ y ya te han pagado 1.200€, por lo que el saldo es cero.

Mi hijo cumple 3 años en enero de 2025, ¿cobro algo? Solo cobrarás el mes de enero si cumple los años después del día 1. Recuerda que la ayuda cesa en el mes anterior a que cumpla los 3 años. Si los cumple el 5 de enero, en teoría tu derecho finalizó en diciembre. Si tienes dudas con las fechas límite, consulta directamente con la AEAT.

Soy autónoma y me he dado de baja por cese de actividad, ¿tengo derecho? Si estás cobrando la prestación por cese de actividad (el «paro de los autónomos»), sí tienes derecho a la deducción, ya que se equipara a la prestación por desempleo del régimen general.

Conclusión: Un derecho que debes aprovechar

Mujer paseando con su bebe de comrpas

La Deducción por Maternidad en 2025 es un pilar fundamental para la economía de las familias con niños pequeños. El hecho de que ahora cubra a las madres en situación de desempleo con prestación es un avance social que corrige una desigualdad histórica.

Si estás en el paro y tienes un hijo menor de 3 años, no dejes pasar este dinero. Son 1.200 euros al año que te pertenecen por ley. Revisa tu situación, obtén tu Cl@ve PIN si aún no la tienes y presenta el Modelo 140 hoy mismo. La burocracia puede dar pereza, pero en este caso, la recompensa es directa y mensual.


Aviso legal: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no sustituye el asesoramiento legal o fiscal profesional. Las normativas pueden sufrir modificaciones. Para consultas vinculantes, diríjase siempre a la Agencia Tributaria o a un gestor administrativo colegiado.

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