Ayuda de 650 euros: cuánto paga la Generalitat
Cuantía general por menor
Para nacimiento, adopción, tutela o acogida cuando se cumplen los requisitos de residencia, convivencia e ingresos.
Familia numerosa o monoparental
Se aplica cuando el título correspondiente está vigente o se ha solicitado antes de pedir la prestación.
Quién puede pedir la ayuda
La prestación está dirigida a familias que hayan tenido un hijo por nacimiento, adopción, tutela o acogida y cumplan los requisitos económicos y de residencia establecidos por la Generalitat.
Debe existir convivencia entre los miembros de la unidad familiar, salvo las excepciones previstas legalmente.
La persona solicitante debe ejercer la guarda y custodia del menor. En custodia compartida, cada menor solo genera una prestación.

Límites de ingresos en 2026
La unidad familiar no puede superar el límite anual equivalente a 2,9 veces el IRSC.
| Miembros de la unidad familiar | Límite anual 2026 |
|---|---|
| Hasta 3 miembros | 27.904,32 € |
| 4 miembros | 36.275,62 € |
| 5 miembros | 44.646,91 € |
| 6 miembros | 53.018,21 € |
| 7 miembros | 61.389,50 € |
| 8 miembros | 69.760,80 € |
| 9 miembros | 78.132,10 € |
| 10 miembros | 86.503,39 € |
Se aplica el límite correspondiente a un miembro más de la unidad familiar.
Se aplica el límite correspondiente a un miembro más y se considera un mínimo de cuatro miembros.
El requisito de residencia en Catalunya
Las ausencias inferiores a 90 días durante esos dos años inmediatamente anteriores no se consideran una interrupción. Existen excepciones para determinados supuestos previstos por la Generalitat.
Si eres familia monoparental, revisa también nuestra guía del título de familia monoparental en Catalunya.
Plazo para solicitar la ayuda
Se cuentan desde el día siguiente al nacimiento, adopción, tutela o acogida.
Para hechos anteriores o producidos hasta esa fecha se aplica el plazo anterior publicado por la Generalitat.
Qué documentación necesitas
DNI o NIE de la persona solicitante y datos del otro progenitor cuando corresponda.
Nombre, fecha de nacimiento y documentación disponible del niño o niña.
IBAN de una cuenta de la que la persona solicitante sea titular.
Convenio regulador, representación legal, títulos familiares o acreditaciones específicas cuando sean necesarias.

Cómo solicitarla paso a paso
Comprueba el plazo
Confirma si te corresponde el plazo de tres meses o el anterior de un mes.
Revisa el límite de ingresos
Cuenta los miembros de tu unidad familiar y aplica, si procede, los incrementos por monoparentalidad o discapacidad.
Prepara la documentación
Ten a mano identificación, datos del menor, IBAN y documentos especiales de tu situación familiar.
Presenta la solicitud
Online necesitas certificado digital o idCAT Mòbil. También existen vías de tramitación y atención presencial.
Cuándo responde la Generalitat y cómo se cobra
La resolución puede llegar dentro de ese plazo desde la presentación de la solicitud.
Si la resolución es favorable, la prestación se abona en un único pago.
La resolución puede consultarse en el Área Privada. Si pasan seis meses sin resolución, la solicitud debe entenderse desestimada.
¿Es compatible con otras ayudas?
Conviene comprobar también las ayudas para familias en Catalunya en 2026, las ayudas estatales por nacimiento y la ayuda estatal de 1.000 € por hijo.
Preguntas frecuentes
¿La ayuda de 650 € es mensual?
No. Se trata de una prestación de pago único.
¿Quién puede cobrar 750 €?
Las familias numerosas o monoparentales que cumplan los requisitos y tengan el título correspondiente vigente o solicitado antes de pedir la prestación.
¿Puedo solicitarla con custodia compartida?
Sí, pero cada menor solo puede generar una prestación.
¿Es compatible con la ayuda estatal de 1.000 €?
La prestación catalana es compatible con otras ayudas familiares públicas, aunque la ayuda estatal tiene requisitos propios.
¿Necesito idCAT Mòbil?
Para la solicitud online necesitas certificado digital o idCAT Mòbil. También existen vías de atención presencial.
Fuentes oficiales
Última revisión: 7 de septiembre de 2026. Comprueba siempre la ficha oficial antes de presentar la solicitud.




