En 2026, cuando existe una única persona progenitora, el permiso por nacimiento y cuidado del menor tiene una duración general de 32 semanas. Esta ampliación busca evitar que el menor de una familia monoparental disponga de menos tiempo de cuidado que en una familia con dos progenitores.
Distribución general: 6 semanas obligatorias tras el nacimiento, 22 semanas flexibles hasta que el menor cumpla 12 meses y 4 semanas que pueden utilizarse hasta los 8 años.
Quién puede solicitar las 32 semanas
La ampliación se aplica cuando jurídicamente hay una sola persona progenitora. No basta con vivir sin pareja o asumir en solitario la mayor parte de los cuidados si existen dos personas progenitoras reconocidas legalmente. La filiación y la situación concreta deben acreditarse ante el INSS con la documentación correspondiente.
Como la casuística familiar puede variar —filiación única, adopción por una sola persona u otras situaciones reconocidas legalmente— conviene solicitar al INSS que confirme qué documentos exige en el caso concreto antes de presentar la solicitud.
Cómo se reparten las 32 semanas
- 6 semanas obligatorias: inmediatamente posteriores al nacimiento, a jornada completa e ininterrumpidas.
- 22 semanas flexibles: pueden disfrutarse por períodos semanales, acumulados o interrumpidos, hasta que el menor cumpla 12 meses.
- 4 semanas adicionales: pueden distribuirse por semanas hasta que el menor cumpla 8 años.
El disfrute a tiempo parcial requiere acuerdo con la empresa. Para los períodos voluntarios debe respetarse el preaviso legal o el establecido en el convenio colectivo.
Cuánto se cobra
La prestación equivale al 100 % de la base reguladora correspondiente. La paga directamente el INSS o, si procede, el Instituto Social de la Marina. No debe confundirse la base reguladora con el salario neto que aparece habitualmente en la cuenta bancaria.
La prestación pública por nacimiento y cuidado del menor está exenta de IRPF dentro de los límites previstos por la normativa tributaria.
Documentación que conviene preparar
- Documento de identidad de la persona solicitante.
- Datos bancarios para el ingreso de la prestación.
- Certificado de empresa, que normalmente se remite por el Sistema RED.
- Certificación de nacimiento, resolución de adopción o documento equivalente.
- Documentación que acredite la filiación única o la situación familiar alegada, cuando no conste de forma automática en los sistemas públicos.
- Documentos específicos si se solicita una ampliación por discapacidad, nacimiento múltiple u hospitalización.
El INSS puede requerir información adicional. Es preferible aportar documentos oficiales de filiación y no basar la solicitud únicamente en un título autonómico de familia monoparental, porque el reconocimiento de las 32 semanas responde a la situación jurídica de progenitor único.
Cómo tramitar la prestación
- Comprueba que la empresa haya enviado el certificado correspondiente, si trabajas por cuenta ajena.
- Accede al Portal de Prestaciones de la Seguridad Social con Cl@ve, certificado digital, DNI electrónico o identificación por SMS.
- Selecciona la prestación por nacimiento, adopción o cuidado de menor y completa la distribución inicial del permiso.
- Adjunta la documentación que permita comprobar la filiación y la situación monoparental.
- Para períodos sucesivos, utiliza el servicio habilitado cuando el primer período ya haya sido reconocido.
También puede presentarse el formulario en un CAISS con cita previa o por correo ordinario a la Dirección Provincial del INSS.
Semanas retroactivas para nacimientos desde agosto de 2024
Las 4 semanas que pueden disfrutarse hasta los 8 años se aplican también a hechos causantes producidos desde el 2 de agosto de 2024. Su disfrute puede solicitarse desde el 1 de enero de 2026. Esta retroactividad afecta a esas cuatro semanas adicionales; no supone volver a conceder íntegramente todo el permiso.
Ampliaciones especiales
- Discapacidad del menor: pueden corresponder semanas adicionales conforme a la normativa aplicable.
- Nacimiento o adopción múltiple: pueden añadirse semanas por cada menor a partir del segundo.
- Hospitalización del menor: puede existir una ampliación de hasta 13 semanas, según la duración y los requisitos legales.
Diferencia frente al permiso general
En las familias con dos progenitores, cada persona tiene 19 semanas propias e intransferibles. En una familia monoparental no se suman automáticamente dos permisos completos: la ley establece específicamente una duración de 32 semanas para la única persona progenitora.
Para consultar los requisitos generales de cotización, el cálculo de la prestación, el IRPF y el resto de ampliaciones, visita la guía principal sobre la baja por maternidad en 2026.
Fuentes oficiales
Contenido actualizado por Equipo Editorial MadreMom en julio de 2026. La información es general y no sustituye una resolución del INSS ni el asesoramiento laboral individual.





