Si eres madre o padre en solitario y acabas de tener un hijo, el permiso familias monoparentales reconoce que tú asumes en exclusiva todo lo que en una familia biparental hacen dos personas. Por eso, desde el 31 de julio de 2025, las familias monoparentales tienen derecho a 32 semanas de permiso por nacimiento retribuidas al 100 % de la base reguladora, frente a las 19 semanas de las familias biparentales. Esta guía te explica exactamente cómo se distribuyen esas semanas, cuánto cobrarás, cómo solicitarlo paso a paso y todas las ayudas adicionales a las que tienes derecho.
32 semanas totales distribuidas en: 6 semanas obligatorias ininterrumpidas tras el parto + 22 semanas voluntarias flexibles dentro del primer año + 4 semanas adicionales de libre disposición hasta que el menor cumpla 8 años. Prestación: 100 % de la base reguladora. Gestión: INSS a través de Importass. Base legal: Art. 48.4 y 5 ET modificado por RDL 9/2025 + arts. 177-182 LGSS.
| Parámetro | Familias monoparentales 2026 | Familias biparentales (referencia) |
|---|---|---|
| Duración total | 32 semanas (224 días) | 19 semanas por progenitor |
| Bloque 1 — Obligatorio | 6 semanas ininterrumpidas tras el parto | 6 semanas por progenitor |
| Bloque 2 — Voluntario 1.er año | 22 semanas hasta los 12 meses | 11 semanas por progenitor |
| Bloque 3 — Adicional hasta 8 años | 4 semanas de libre disposición | 2 semanas por progenitor |
| Cuantía | 100 % base reguladora | 100 % base reguladora |
| Retroactividad | Nacimientos desde el 2/08/2024 | Nacimientos desde el 2/08/2024 |
| Solicitud adicionales | Desde el 1/01/2026 | Desde el 1/01/2026 |
| Parto gemelar | 32 + 1 semana por hijo extra | 19 + 1 semana por hijo extra |
| Base legal | RDL 9/2025 (BOE 30/07/2025) · STC 140/2024 de 6/11/2024 | |
¿Qué es el permiso familias monoparentales y a quién corresponde?
El permiso familias monoparentales está reconocido para aquellas situaciones en las que un único progenitor ostenta en exclusiva la guarda y cuidado del menor, sin que exista otro progenitor reconocido legalmente o activo en la crianza. No existe una única definición legal estatal: el concepto se aplica de forma funcional en el ámbito laboral y de la Seguridad Social.
¿Qué situaciones dan derecho al permiso monoparental ampliado?
- Madre soltera sin paternidad reconocida: el bebé está inscrito únicamente a nombre de la madre.
- Madre o padre viudo/a: el otro progenitor falleció antes o durante el embarazo, o tras el nacimiento antes de iniciar su permiso.
- Progenitor único por adopción o acogimiento: una sola persona adopta o acoge al menor.
- Separación o divorcio con custodia exclusiva: cuando el otro progenitor no tiene ninguna relación jurídica activa con el menor a efectos de cuidado (interpretación jurisprudencial en evolución).
- Técnicas de reproducción asistida sin segundo progenitor: cuando la concepción se produjo sin pareja y el bebé solo tiene un progenitor legal.
De 16 a 32 semanas: el camino legal de las familias monoparentales
El reconocimiento de las 32 semanas no llegó de golpe: fue el resultado de una batalla judicial que recorrió todos los tribunales hasta el Tribunal Constitucional. Conocer este recorrido ayuda a entender por qué el derecho existe y cómo está protegido.
El origen del permiso familias monoparentales: la asimetría de 16 semanas
Hasta 2021, la baja de maternidad era de 16 semanas y la de paternidad era inferior. Cuando en 2021 se equipararon ambos permisos a 16 semanas cada uno, las familias biparentales pasaron a disponer de hasta 32 semanas de cobertura conjunta (16 la madre + 16 el padre, aunque de forma independiente). Las familias monoparentales, en cambio, seguían con solo 16 semanas, creando una asimetría que discriminaba a los menores nacidos en hogares con un solo progenitor.
El permiso familias monoparentales antes del RDL 9/2025: la jurisprudencia
El Tribunal Supremo, en varias sentencias entre 2022 y 2024, reconoció que las familias monoparentales tenían derecho a acumular el permiso no disfrutado del progenitor ausente, ampliando el permiso hasta las 26 semanas. Sin embargo, la falta de regulación expresa generaba inseguridad jurídica: dependía del juzgado y cada caso debía litigarse por separado.
La sentencia del Tribunal Constitucional 140/2024
El 6 de noviembre de 2024, el Tribunal Constitucional dictó la sentencia 140/2024, en la que declaró inconstitucional la situación de desigualdad y reconoció expresamente el derecho de las familias monoparentales a una duración adicional del permiso de nacimiento de 10 semanas sobre las 16 estándar, equiparándolo al tiempo total disponible en familias biparentales.
El RDL 9/2025: la solución legislativa definitiva
Respondiendo a la doctrina constitucional, el Real Decreto-ley 9/2025 (BOE 30/07/2025) elevó el permiso de nacimiento para familias monoparentales a 32 semanas, duplicando el de las familias biparentales (19 semanas × 2 progenitores = 38 semanas de cobertura total en biparentales, pero el legislador optó por fijar el tope monoparental en 32 semanas como cifra equivalente a la acumulación). Esta reforma fue convalidada por el Congreso el 9 de septiembre de 2025.
Cómo se distribuyen las 32 semanas del permiso familias monoparentales 2026
Las 32 semanas del permiso familias monoparentales se dividen en tres bloques con reglas de disfrute distintas. Es fundamental entender cada uno para planificar correctamente la reincorporación laboral y la solicitud a Importass.
Bloque 1 del permiso familias monoparentales: las 6 semanas obligatorias
Las primeras 6 semanas tras el parto son de disfrute obligatorio, ininterrumpido y a jornada completa. No pueden fraccionarse, cederse, aplazarse ni disfrutarse parcialmente. Comienzan el día siguiente al parto (o el mismo día si este se produce fuera de jornada laboral). La madre biológica puede además anticipar el inicio del permiso hasta 4 semanas antes de la fecha prevista del parto, aunque ese tiempo anticipado se descuenta del período total.
Bloque 2: Las 22 semanas voluntarias del primer año
Una vez transcurridas las 6 semanas obligatorias del permiso familias monoparentales, las 22 semanas voluntarias pueden disfrutarse de forma totalmente flexible dentro de los 12 meses siguientes al nacimiento. Las opciones son:
- Disfrute continuo: 22 semanas seguidas inmediatamente después de las 6 obligatorias, resultando en una baja ininterrumpida de 28 semanas en el primer año.
- Disfrute fraccionado: Reincorporación al trabajo con vuelta a bloques de permiso cuando sean necesarios. Por ejemplo: reincorporarse 2 meses y luego disfrutar de semanas coincidiendo con la adaptación a la guardería.
- Jornada parcial: Trabajar media jornada percibiendo la prestación de forma proporcional. Requiere acuerdo previo y por escrito con la empresa, con 15 días de antelación.
Bloque 3: Las 4 semanas adicionales hasta los 8 años
Las 4 semanas adicionales son la gran novedad del RDL 9/2025 dentro del permiso familias monoparentales. Pueden disfrutarse en cualquier momento hasta que el menor cumpla 8 años, con total libertad de fraccionamiento en períodos semanales. Son especialmente útiles para:
- Cubrir períodos de adaptación a la guardería o colegio.
- Enfermedades prolongadas del menor durante los primeros años.
- Momentos de mayor carga de cuidados sin derecho a baja médica.
- Planificar una reducción temporal del trabajo en momentos clave del desarrollo del niño.
Comparativa: permiso familias monoparentales vs. familias biparentales
Familia biparental
- Progenitor 1: 19 semanas individuales
- Progenitor 2: 19 semanas individuales
- Cada permiso: 6 oblig. + 11 voluntarias + 2 adicionales
- Pueden disfrutarse simultáneamente
- Total disponible en el hogar: hasta 38 semanas
👩👦 Familia monoparental
- 32 semanas totales para el progenitor único
- Bloque 1: 6 sem. obligatorias
- Bloque 2: 22 sem. flexibles (1.er año)
- Bloque 3: 4 sem. adicionales (hasta 8 años)
- Todas al 100 % de la base reguladora

🧮 Calculadora del permiso familias monoparentales 2026
Calcula cuánto cobrarás con el permiso familias monoparentales: introduce tu base de cotización del mes anterior al inicio de la baja para obtener tu estimación de cobro diario, mensual y el total aproximado de las 32 semanas.
Calculadora — Permiso familias monoparentales 2026
Datos del mes anterior al inicio del permiso. Cálculo orientativo al 100 % de la base reguladora.
✅ Resultado estimado — Permiso monoparental 2026:
Base reguladora diaria: — €/día
Cobro mensual estimado (30 días): — €
Cobro mensual estimado (31 días): — €
Duración del permiso: — semanas
Total bruto estimado del permiso completo: — €
* Cálculo orientativo. No incluye IRPF. El INSS calculará la cuantía exacta sobre las bases reales. Las 4 semanas adicionales hasta los 8 años se calculan aparte cuando se soliciten.
⚠️ Por favor, introduce todos los datos para calcular la prestación.
Requisitos para cobrar el permiso familias monoparentales
Los requisitos para acceder al permiso familias monoparentales son los mismos que para cualquier permiso de nacimiento, sin condiciones especiales adicionales. Lo que cambia es la duración, no los requisitos de acceso.
Requisitos generales
- Afiliación y alta (o situación asimilada) en la Seguridad Social en el momento del parto.
- Período de carencia:
- Menores de 21 años: sin mínimo de cotización.
- Entre 21 y 26 años: 90 días en los 7 años previos o 180 días en toda la vida laboral.
- Mayores de 26 años: 180 días en los 7 años previos o 360 días en toda la vida laboral.
- No haber agotado el derecho al permiso por el mismo hijo.
Documentación adicional para acreditar la monoparentalidad
Además de los documentos habituales (DNI, libro de familia, certificado de empresa, IBAN), el INSS puede solicitar documentación que acredite la situación de progenitor único:
- Certificado de nacimiento del Registro Civil en el que conste un solo progenitor inscrito.
- Certificado de empadronamiento que acredite la convivencia exclusiva con el menor.
- En caso de fallecimiento del otro progenitor: certificado de defunción.
- En caso de adopción o acogimiento monoparental: resolución judicial o administrativa en la que conste un solo adoptante o acogedor.
- En supuestos de separación o divorcio: resolución judicial con custodia exclusiva.
Cómo solicitar el permiso familias monoparentales en Importass paso a paso
- Reúne la documentación antes del parto Prepara en formato PDF: DNI/NIE, libro de familia o certificado de nacimiento con un solo progenitor, certificado de empresa con tu BCCC, IBAN a tu nombre, y documentación que acredite la monoparentalidad (ver lista arriba). Cuanto antes lo tengas listo, antes cobrarás.
- Accede a Importass con Cl@ve o certificado digital Ve a importass.seg-social.es. Selecciona «Solicitar prestación» → «Nacimiento y cuidado de menor». En el tipo de solicitante, selecciona «Progenitor único / Familia monoparental» para tramitar el permiso familias monoparentales para que el sistema calcule automáticamente las 32 semanas.
- Rellena el formulario indicando la situación monoparental El formulario tiene un campo específico para indicar si eres familia monoparental. Marca esta opción y adjunta la documentación acreditativa. Indica la fecha de inicio del bloque obligatorio (día siguiente al parto) y la modalidad de disfrute prevista para las semanas voluntarias.
- Solicita las semanas del bloque 2 cuando las vayas a disfrutar Las 22 semanas voluntarias del primer año no hay que solicitarlas todas de golpe. Cada vez que vayas a iniciar un nuevo período de disfrute, comunícalo al INSS y a tu empresa con al menos 15 días de antelación. Si vas a disfrutarlas de forma continua, indícalo en la solicitud inicial.
- Solicita las 4 semanas adicionales cuando las necesites (hasta los 8 años) Las 4 semanas del bloque 3 se solicitan por separado, de forma independiente, cuando vayas a disfrutarlas. Puedes hacerlo a través del portal Tu Seguridad Social (TUSS). Solo necesitas el certificado de empresa actualizado y avisar con 15 días de antelación. Si tu hijo nació entre el 2/08/2024 y el 30/07/2025, puedes solicitarlas desde el 1/01/2026.
- Resolución y pago El INSS tiene 30 días hábiles para resolver (en la práctica, 10–15 días). El pago llega por transferencia bancaria mensualmente en los primeros días del mes siguiente al período de disfrute. Guarda todas las resoluciones: las necesitarás para la declaración de la renta.
Ayudas económicas adicionales para familias monoparentales en 2026
El permiso familias monoparentales es la ayuda más cuantiosa en 2026, pero no la única. Las familias monoparentales tienen acceso a un paquete ampliado de prestaciones que conviene conocer y solicitar activamente, ya que ninguna se activa de forma automática.
Prestaciones de la Seguridad Social
- Prestación por hijo a cargo con discapacidad: si el menor tiene una discapacidad reconocida del 33 % o más, la familia monoparental accede a prestaciones incrementadas.
- Ingreso Mínimo Vital (IMV): si los ingresos del hogar no superan el umbral establecido, las familias monoparentales tienen acceso preferente y complementos por hijo a cargo. Solicitud en seg-social.es.
- Prestación por nacimiento de hijo a cargo: para familias con rentas bajas, independientemente de la cotización previa.
Deducciones fiscales en el IRPF
- Deducción por maternidad: hasta 1.200 €/año para madres trabajadoras con hijos menores de 3 años. Amplía la información en nuestra guía sobre la deducción por maternidad si estás en paro.
- Deducción por familia monoparental: en la declaración de la renta, las familias monoparentales tienen derecho a la reducción por tributación conjunta o a la deducción específica autonómica (varía por comunidad).
- Deducción por gastos de guardería: adicional a la deducción por maternidad, hasta el importe efectivamente pagado en guarderías autorizadas.
Ayudas autonómicas y locales
Las comunidades autónomas tienen programas propios que complementan las ayudas estatales. Las más relevantes en 2026 incluyen:
- Título / carné de familia monoparental: acredita la condición ante organismos públicos y da acceso a descuentos en transporte, guarderías, actividades y servicios municipales. Solicítalo en los servicios sociales de tu comunidad autónoma.
- Cheque bebé autonómico: pago único al nacimiento disponible en varias CCAA. Consulta nuestra guía sobre el cheque bebé 2025.
- Guarderías y escuelas infantiles gratuitas o bonificadas: la mayoría de comunidades aplican baremos más favorables para familias monoparentales.
- Ayuda al alquiler: acceso preferente y puntuación adicional en los programas de ayuda al alquiler para familias.
Para no perderte ninguna ayuda complementaria al permiso familias monoparentales, consulta el resumen completo en nuestra guía de ayudas de maternidad 2026 y en el catálogo completo de ayudas y trámites disponibles para madres.
Autónomas: el permiso familias monoparentales y la bonificación de cuota
Las trabajadoras autónomas del RETA también tienen derecho al permiso familias monoparentales en su duración completa de 32 semanas de permiso retribuido, siempre que estén al corriente de pago y cumplan el período mínimo de cotización.
Bonificación del 80 % de la cuota RETA
Durante el período de permiso, la autónoma queda exonerada del pago de cuotas a la Seguridad Social. Adicionalmente, en los 12 meses posteriores a la reincorporación, puede beneficiarse de una bonificación del 80 % sobre la cuota mensual de autónomos, siempre que el bebé tenga menos de 12 meses al volver al trabajo.
En una familia con permiso familias monoparentales y autónoma con cuota de 300 €/mes, esta bonificación supone un ahorro de 240 €/mes durante 12 meses, es decir, hasta 2.880 € de ahorro adicional el año del regreso.
Funcionarias y empleadas públicas monoparentales
Las funcionarias y el personal laboral de las administraciones públicas tienen el mismo derecho al permiso familias monoparentales ampliado, regulado en el artículo 49 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), también modificado por el RDL 9/2025. La estructura del permiso es idéntica: 6 semanas obligatorias + 22 semanas voluntarias (primer año) + 4 semanas adicionales hasta los 8 años.
La tramitación del permiso familias monoparentales para funcionarias se realiza a través del departamento de recursos humanos de la administración empleadora, no directamente en Importass. El pago se gestiona internamente: la administración abona el salario completo y recupera la parte correspondiente al INSS. Si eres funcionaria de carrera, el permiso no interrumpe el cómputo de antigüedad ni el derecho a trienios.
Casos especiales en el permiso familias monoparentales: parto múltiple y prematuro
Parto múltiple y permiso familias monoparentales
En parto gemelar o múltiple, el permiso familias monoparentales se amplía en 1 semana adicional por cada hijo a partir del segundo. Para una madre monoparental con gemelos: 33 semanas. Con trillizos: 34 semanas. Las semanas adicionales por parto múltiple tienen la misma flexibilidad que el bloque 2.
Hospitalización y permiso familias monoparentales
Si el bebé permanece hospitalizado en UCIN, el permiso familias monoparentales se amplía en el tiempo de hospitalización, con un máximo de 13 semanas adicionales. El período de 28 semanas del primer año comienza a contarse desde el alta hospitalaria, no desde el parto. Con hospitalización máxima, una madre monoparental podría alcanzar hasta 45 semanas de permiso retribuido.
Fallecimiento del otro progenitor y permiso familias monoparentales
Si el otro progenitor fallece después del parto sin haber disfrutado la totalidad o parte de su permiso de nacimiento, el progenitor superviviente puede solicitar la parte no disfrutada del permiso del fallecido, acumulándola a la suya. La solicitud se realiza en el INSS aportando el certificado de defunción y la resolución que acredita el tiempo de permiso no disfrutado.
Preguntas frecuentes sobre el permiso familias monoparentales 2026
¿Tengo derecho a 32 semanas si el padre reconoció al bebé pero no convive con nosotros?
Depende de si el otro progenitor disfruta o no de su propio permiso de nacimiento. Si el padre está reconocido legalmente y solicita su permiso de nacimiento de 19 semanas, no tienes derecho al permiso monoparental ampliado. El derecho a 32 semanas está pensado para el supuesto en que existe un único progenitor que asume en exclusiva los cuidados sin que el otro disfrute de su permiso.
Si el padre reconoció al bebé pero renuncia a su permiso o no tiene derecho a él (por no cumplir los requisitos de cotización), la situación puede ser discutida ante el INSS. Es un área en evolución jurisprudencial: consulta con un asesor laboral si tu caso concreto es complejo.
¿Puedo usar las 4 semanas adicionales de una sola vez o tengo que fraccionarlas?
Puedes disfrutarlas de una sola vez o fraccionadas en períodos semanales, según lo que necesites. La única condición es comunicarlo con al menos 15 días de antelación a la empresa y al INSS antes de cada período de disfrute. No hay obligación de fraccionarlas: puedes usar las 4 semanas seguidas si lo prefieres. Lo que no puedes hacer es solicitar períodos inferiores a una semana completa.
¿Qué ocurre si me reincorporo al trabajo y luego quiero retomar el permiso?
Las semanas voluntarias del bloque 2 (las 22 del primer año) pueden disfrutarse de forma fraccionada, reincorporándote entre cada período. Cada vez que quieras retomar el permiso, debes comunicarlo a la empresa con 15 días de antelación y notificarlo a Importass. El INSS reanuda el pago del subsidio a partir de la fecha de inicio de cada nuevo período.
Eso sí: entre cada período de disfrute debe existir una reincorporación efectiva. Y una vez que el bebé cumple 12 meses, las semanas no disfrutadas del bloque 2 se pierden (no pasan al bloque 3). Las 4 semanas adicionales del bloque 3 son independientes y no se ven afectadas.
¿El permiso monoparental cotiza para la jubilación?
Sí. Todo el período de permiso por nacimiento —incluyendo las 32 semanas completas— cotiza a todos los efectos de Seguridad Social, incluyendo la jubilación. No hay lagunas en la vida laboral durante el permiso. Las bases de cotización que se computan son las reales del mes anterior al inicio del permiso, lo que protege la futura pensión.
¿Puedo solicitar las 32 semanas si adopté a un menor en solitario?
Sí. La adopción monoparental da exactamente el mismo derecho que el nacimiento biológico monoparental. El hecho causante es la resolución judicial o administrativa que constituye la adopción, no el parto. El período de 32 semanas (6 obligatorias + 22 voluntarias en el primer año + 4 adicionales hasta los 8 años del menor) se computa desde esa resolución.
Si el menor adoptado es mayor de 6 años, el permiso puede ser de menor duración salvo que presente discapacidad o haya permanecido institucionalizado.
¿Mi empresa puede negarme el fraccionamiento de las 22 semanas voluntarias?
La empresa no puede negar el derecho al disfrute fraccionado, pero sí puede acordar la distribución concreta. La ley exige acuerdo entre trabajadora y empresa para el fraccionamiento, aunque este acuerdo no puede suponer la renuncia al derecho en sí. Si la empresa se niega sin causa justificada, existe una vía de reclamación ante la Inspección de Trabajo.
Para el disfrute a tiempo parcial (trabajar media jornada mientras cobras la prestación), sí es imprescindible el acuerdo escrito previo con la empresa.
¿Puedo cobrar el permiso monoparental si soy empleada del hogar?
Sí. Las empleadas del hogar incluidas en el Sistema Especial de Empleados del Hogar tienen derecho a la prestación por nacimiento en las mismas condiciones que el Régimen General, siempre que cumplan el período mínimo de cotización. El derecho al permiso monoparental ampliado de 32 semanas también les corresponde. La tramitación es la misma: a través de Importass.
¿Cuándo caduca el plazo para solicitar las 4 semanas adicionales si mi bebé nació en 2024?
Las 4 semanas adicionales del bloque 3 pueden disfrutarse en cualquier momento hasta que el menor cumpla 8 años. No hay caducidad inminente: si tu bebé nació en agosto de 2024, tienes hasta agosto de 2032 para usarlas. Lo que sí puedes hacer desde el 1 de enero de 2026 es empezar a solicitar y disfrutar de estas semanas cuando las necesites. Solo recuerda avisar con 15 días de antelación cada vez que quieras iniciar un período de disfrute.
Fuentes legales y oficiales:
Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio (BOE 30/07/2025) ·
Seguridad Social – Prestación por nacimiento y cuidado de menor ·
Estatuto de los Trabajadores art. 48.4 y 5 (texto vigente) ·
Ministerio de Inclusión y Seguridad Social
Artículo actualizado en marzo de 2026 con los datos del RDL 9/2025. Información orientativa. Ante dudas concretas sobre tu situación, consulta con un asesor laboral o directamente con el INSS.





